Tras la anulación de la absolución dictada en el primer proceso, dos funcionarios de la empresa pesquera volverán a sentarse en el banquillo de los acusados en Puerto Madryn. Se los investiga por el vertido de líquidos industriales sin tratar al mar.
Los Tribunales de esta ciudad serán escenario este jueves de un nuevo juicio oral y público por la presunta contaminación del Golfo Nuevo, una causa que tiene como protagonista a la empresa Conarpesa y que vuelve a la sala de audiencias luego de que la máxima instancia judicial de la provincia ordenara repetir el debate.
El camino hacia un segundo juicio
El proceso se reedita porque el Superior Tribunal de Justicia de Chubut admitió, por unanimidad, la impugnación presentada por el Ministerio Público Fiscal. Con esa decisión dejó sin efecto la absolución que había dictado en el primer juicio la jueza Patricia Reyes. El máximo tribunal provincial dispuso que otro magistrado llevara adelante un nuevo debate, en el que se analicen nuevamente los hechos y las pruebas.
Quiénes se sientan en el banquillo y quiénes llevan el debate
Los acusados son Nadine Parry, responsable del área ambiental de la empresa, y Brahim Yoosef Vargas, a cargo del sistema de tratamiento de efluentes. El juicio será conducido por la jueza penal Yamila Flores, que actuará como tribunal unipersonal. La acusación estará en manos del Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal jefe Alex Williams y el funcionario Juan Pablo Santos.
El origen de la causa
La investigación se remonta a 2023, cuando se detectó una descarga de líquidos industriales que llegaba al mar a través de un sistema clandestino de derivación (by-pass). Según la hipótesis de la Fiscalía, ese mecanismo permitía eludir el tratamiento obligatorio de los efluentes generados por el procesamiento de productos pesqueros.
Las pruebas de la Fiscalía
Para sostener la acusación, el Ministerio Público Fiscal reunió inspecciones, testimonios y pericias ambientales. Los análisis arrojaron concentraciones de materia orgánica superiores a los 1.500 miligramos por litro, es decir, más de treinta veces el límite que fija la normativa, que es de 50 miligramos por litro.




